Acuerdo económico TPP amenaza los derechos humanos de forma regional
by Digital Rights LAC on junio 7, 2013
La aproximación desbalanceada a los derechos de autor por parte del acuerdo TPP, puede impactar negativamente la libertad de expresión y el acceso al conocimiento y la cultura no sólo de los países integrantes, sino también de sus vecinos.
Por Francisco Vera, ONG Derechos Digitales.
“El área de libre comercio más grande del mundo”. Así han descrito lo que será el tratado multilateral de libre comercio “Trans Pacific Partnership Agreement”, TPP, que actualmente negocian 11 países de la región Asia Pacífico (Canadá, Estados Unidos, México, Perú, Chile, Malasia, Singapur, Brunei, Vietnam, Australia y Nueva Zelanda, más Japón que manifestó su voluntad de unirse). El tono optimista de las posiciones oficiales abunda, el apuro por sellar el acuerdo, también. Pero tras filtraciones del contenido de este acuerdo y las hasta ahora dieciséis rondas de negociaciones, el entusiasmo parece injustificado.
Muy por el contrario al optimismo oficialista de los gobiernos involucrados, el TPP tiene el potencial de afectar gravemente derechos fundamentales tales como la libertad de expresión y el acceso a la información y el conocimiento, además de bloquear futuros intentos de reforma a normas de propiedad intelectual bajo una perspectiva de interés público.
Más grave aún, estas consecuencias no se restringen solamente a los países que negocian este instrumento multilateral, sino que tendrán un impacto global, con especial énfasis en aquellos países vecinos de aquellos que actualmente se encuentran negociando el acuerdo Transpacífico. Las normas contenidas en el este acuerdo acabarán reemplazando de facto los estándares internacionales en materia de propiedad intelectual, que ya son bastante elevados por causa de acuerdos como los ADPIC.
Ese es el caso de América Latina, donde México, Chile y Perú forman parte de la negociaciones del TPP. Entre los efectos negativos del acuerdo, se encuentran: la consagración de plazos de protección de propiedad intelectual más elevados que los estándares internacionales, la imposición de medidas de aduana que pueden afectar el tráfico de bienes intelectuales en tránsito hacia otros países, el bloqueo de las importaciones paralelas mediante un nuevo derecho de importación, la imposición de sanciones criminales a la elusión de medidas tecnológicas de protección y el establecimiento de un régimen de remoción de contenidos de Internet.
En materia de aumento de plazos de propiedad intelectual, se puede tomar como ejemplo las normas de derechos de autor. El estándar fijado en el Convenio de Berna es de 50 años tras la muerte de un autor, lo que ya constituye un dudoso beneficio a los intereses públicos involucrados, dado el nulo estímulo a la creación intelectual que representa (¿realmente 20 años más de protección después de su muerte motivan a un artista a crear más y mejores obras?). En esta materia, el acuerdo TPP elevaría dicho plazo a 70 años, con el objeto de imponer el estándar estadounidense (promulgado mediante una ley que terminó siendo conocida popularmente como “ley Mickey Mouse”) al resto de los países.
Respecto a medidas de aduana, el acuerdo TPP también puede tener un impacto regional, pues afectan incluso bienes en tránsito y pueden perjudicar a países con estándares menos exigentes de propiedad intelectual o con excepciones a los derechos de autor que permitan ciertos usos. Por ejemplo, estas medidas podrían afectar bienes que ingresen al continente por un puerto peruano en tránsito hacia Bolivia, impidiendo a este último país importar obras culturales cuyo autor haya muerto hace 50 años y antes de 70 años, aplicando la norma adoptada por Perú al respecto.
La imposición de un nuevo derecho de importación afectaría decisivamente las condiciones en que los diversos países acceden a obras culturales. Dos casos:
UNO. Actualmente, si una biblioteca de un país desea adquirir un libro y éste no existe allí o tiene un precio excesivo, es posible gestionar la importación del texto desde otro país sin necesidad de contar con una autorización especial, pues el derecho a controlar la distribución de un bien cultural se agota en la primera vez que se vende el mismo. En el escenario planteado por el acuerdo TPP, esta biblioteca debería conseguir una autorización (en decir, pagar) para poder importar este libro.
DOS. Entre las innumerables ventajas que ofrece Internet, está la de poder comprar y vender bienes a escala global. Diversos servicios y empresas web hoy ofrecen la posibilidad de revender objetos usados a otros compradores, creando un importante mercado de segunda mano. Es, por ejemplo, el caso de Ebay o Mercado Libre. Imponer un derecho de importación o negar el agotamiento internacional de derechos de autor como quiere imponer el TPP, afectaría gravemente este mercado y, como veremos a continuación, sigue la tendencia de quitarle el control de los ejemplares de las obras a sus dueños.
Las normas de medidas tecnológicas de protección, los textos filtrados y lo que puede verse en los tratados de libre comercio suscritos anteriormente por Estados Unidos con otros países, apuntan hacia sancionar de manera estricta cualquier forma de elusión de estas medidas. En otras palabras, desbloquear un celular para usarlo con cualquier operador, un DVD para verlo en cualquier reproductor o un ebook para usarlo en un dispositivo diferente, serán sancionados incluso criminalmente. Esto excede, por mucho, los estándares internacionales fijados en la materia e insiste en quitarle a los usuarios derechos sobre las obras que ellos mismos adquieren.
Pero aún queda más. Uno de los puntos más polémicos es establecer un sistema de remoción de contenidos infractores de Internet. En principio, garantizar a los proveedores de servicio y contenido de Internet que no serán responsables por contenidos que no suben, es una buena idea. Sin embargo, el sistema norteamericano, que hace responsables a estos proveedores apenas se les notifica de manera privada (y hoy de manera masiva e indiscriminada), afecta negativamente la libertad de expresión al entregar incentivos que apuntan solamente a la bajada de contenidos.
Todas estas amenazas dejan claro que en el TPP impera una aproximación completamente desbalanceada a los derechos de autor, considerando solamente los intereses de las industrias de contenidos. La única propuesta filtrada que apunta hacia una mayor apertura en estos temas, efectuada por Estados Unidos el año pasado, fue fuertemente criticada por expertos de todo el mundo, por partir de una norma conocida como “regla de los tres pasos”, que permite excepciones y limitaciones en circunstancias demasiado específicas y podrían terminar perjudicando el panorama en esta materia.
Este enfoque predominante en el TPP tiene un costo enorme, pues se afectarán de manera excesiva y desproporcionada los derechos humanos como la libertad de expresión y el acceso al conocimiento y la cultura, además de constituir una traba para el desarrollo de los países, puesto que estas normas no favorecerían en absoluto a los países que carecen de estas industrias de contenidos. Además, al ser suscrito por más de 11 países y quedar abierto al ingreso de nuevos países, el TPP terminaría sustituyendo foros internacionales como la OMC y la OMPI, donde actualmente se discuten temas de propiedad intelectual y desarrollo desde una perspectiva algo más balanceada.
Todas estas amenazas son coronadas con un proceso de negociación que adolece de transparencia y participación de ciudadanos y expertos. Un balance final que no deja posición para el optimismo y que sólo reafirma la idea de que el TPP es un tratado que terminará por afectar los derechos humanos de manera global.
Francisco J. Vera Hott es director de proyectos de ONG Derechos Digitales.
E-mail: francisco (at) derechosdigitales.org