Tecnología y participación política
by Digital Rights LAC on septiembre 23, 2015
Existe un escenario aún bastante desfavorable en Brasil para una mayor efectividad en la participación democrática directa en el ámbito legislativo, con relación al inicio de la propuesta de una ley de iniciativa popular.
Por Eduardo Magrani
El primer obstáculo se debe al hecho de que, según a la Constitución Federal de 1988, un proyecto de ley de iniciativa popular debe, para ser válidamente presentado, contener firmas de por lo menos un 1% del electorado Brasileño (cerca de 1.4 millón de personas). Aparte de esta exigencia, que representa por si sola un grande impedimento, se suman dos obstáculos más: El hecho de que solo se aceptan en la práctica firmas físicas, a pesar de que la Constitución y la Ley nº 9.709/98 hablan apenas de la necesidad de “suscripción” sin citar expresamente el medio físico y del problema de no tener un sistema claro y eficiente de validación de firmas. Como resultado a estos obstáculos la Constitución Brasileña de 1988 celebra 26 años de vida, y a lo largo de ese período, solamente cuatro proyectos de género fueron aprobados por el Congreso Nacional.
A lo largo de estos 26 años de “constitución ciudadana” otras formas de participación directa, vistas en la CF/88 como el plebiscito o el referéndum, fueron usadas apenas dos veces. La primera vez en 1993, la población, a través de plebiscito, mantuvo el presidencialismo y la república como forma de gobierno. La segunda vez en 2005 la población, a través de un referéndum, rechazó la prohibición de comercializar armas de fuego, prevista en el estatuto de desarme. De lo contrario, solo fueron realizados plebiscitos locales sobre la creación de nuevos Estados y municipios.
Por lo tanto es evidente la sub utilización de mecanismos de participación directa en el ámbito legislativo, a pesar del reconocimiento de su validez en términos democráticos es bastante evidente incluso en un sistema mayoritariamente representativo como el nuestro. En este escenario, buscando superar principalmente el obstáculo relacionado con el alto número de firmas físicas exigidas, diversos proyectos de ley que están siendo actualmente tramitados tienen como propuesta incentivar y permitir con más claridad que los proyectos de ley de iniciativa popular puedan ser firmados electrónicamente.
De todas maneras, se siente aún mucha inseguridad en relación a la participación a través de medios virtuales. A pesar de que ya existen mecanismos tecnológicos capaces de reducir los riesgos actuales, nuevos caminos tecnológicos pueden minimizar significativamente el riesgo a que las plataformas sean hackeadas y la falsificación de firmas a través de un sistema más confiable de autentificación de firmas. Por ejemplo, la certificación digital es considerada una herramienta extremadamente eficaz permitiendo minimizar los riesgos y alcanzando una equivalencia funcional en relación a la firma escrita.
Un sistema de validación más sofisticado debe siempre ser buscado como una forma eficaz de evitar fraudes y es fundamental para que se adquiera más credibilidad y participación política online.
La recopilación de firmas electrónicas para una propuesta de un proyecto de ley de iniciativa popular minimiza, en gran medida, el problema logístico asociado a la recopilación de firmas en papel. El procedimiento de recolección de firmas online actúa como agente catalizador de un proceso democrático, habilitando con mucha más amplitud y eficiencia la recolección de cientos o incluso millones de firmas en menos tiempo y con menos costo.
Uno de los grandes desafíos actuales de la democracia brasileña es justamente pensar en mejores formas de combinar iniciativas y mecanismos referentes a los tipos de democracia directa, participativa y representativa, buscando alcanzar una mayor legitimidad de nuestro sistema político. Con este objetivo, es fundamental no descuidar los caminos habilitados por el internet para una mejora de la sociedad democrática.
*Profesor e investigador del centro de Sociedad y Tecnología (CTS) de la Fundación Getulio Vargas (FGV DIREITO RIO)