Libertad de expresión en Internet: oportunidades y desafíos para América Latina
by Digital Rights LAC on diciembre 19, 2014
El derecho a la libertad de pensamiento y expresión ha sido descripto como la «piedra fundamental» del ordenamiento democrático. Él ha sido objeto de generosas interpretaciones por parte de los órganos del sistema interamericano de derechos humanos (SIDH), que han generado a partir de ellas estándares sumamente protectorios de este derecho.
Por Eleonora Rabinovich* Asociación por los Derechos Civiles (ADC)
Dichos estándares ofrecen un marco regional adecuado a la hora de pensar a este derecho frente a su ejercicio en el ámbito digital. La “doble dimensión” –individual y colectiva- delderecho permite reivindicar su alcance para lidiar con fenómenos presentes en distintos países de América Latina, como consecuencia, en algunos casos, de desigualdades en el acceso a las tecnologías y, en otros, de decisiones políticas, reglamentaciones legales y decisiones judiciales que tienden a limitar la expresión en Internet. Por su parte, el reconocimiento amplio del derecho en todas sus expresiones resulta también útil para evaluar formas de ejercer la expresión propias de un medio interactivo y multidireccional como Internet.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) abordó, en los últimos años, varias de las distintas aristas que conforman este fenómeno, tanto a través de las Declaraciones Conjuntas – junto a la Relatoría de Naciones Unidas, OSCE y la Comisión Africana de Derechos Humanos- como a través de un capítulo específico en su último informe anual.
En dicho informe, la Relatoría desarrolla valiosos principios de protección del derecho a la libertad de expresión en el entorno digital, incluyendo temas como la neutralidad de la red, la responsabilidad de los intermediarios, el filtrado y bloqueo de contenidos, la relación con la privacidad y la vigilancia en las comunicaciones, y el acceso a Internet, entre otros. La Relatoría reitera que el artículo 13 de la Convención Americana –que consagra el derecho de libertad de expresión- se aplica “plenamente a las comunicaciones, ideas e informaciones que se difunden y acceden a través de Internet”. Del mismo modo, la Relatoría recuerda que el entorno en línea no solo facilita el ejercicio de este derecho, sino que también ofrece condiciones inmejorables para el ejercicio de otros derechos fundamentales como los de educación y libre asociación.
Durante la audiencia ante la CIDH del pasado 28 de octubre -en la que un grupo de organizaciones expusimos sobre el impacto de Internet en el ejercicio de los derechos humanos- desde la ADC relatamos los principales desafios y oportunidades que se presentan en la región para la vigencia de los principios desarrollados por el sistema interamericano en materia de libertad de expresión.
Algunos de los riesgos que señalamos:
1. En la región se está discutiendo cuál debe ser la responsabilidad de los intermediarios de Internet por el contenido de los usuarios. En algunos países se expandió una práctica jurisprudencial de responsabilizar a los intermediarios por contenidos producidos por terceros. Las sanciones han ido desde medidas
cautelares obligando a eliminar ciertos resultados de búsqueda hasta indemnizaciones civiles de diferente monto.
2. La discusión legislativa o judicial acerca de la remoción de contenidos que cualquier persona considere inadecuados también es una tendencia preocupante en la región. En Colombia, por ejemplo, la Corte Constitucional analiza un caso en el cual un tribunal de segunda instancia ordenó al periódico El Tiempo que remueva una nota periodística que daba cuenta de una investigación judicial.
3. Existen decisiones judiciales o administrativas que implican un claro retroceso para los estándares interamericanos. Un caso es el uso desproporcionado del derecho penal y el derecho civil para acallar opiniones criticas sobre temas de interés público; otro caso está dado por el uso abusivo del derecho de autor. Del mismo modo, hay discusiones legislativas que no toman en cuenta adecuadamente los principios del SIDH. En Ecuador, por ejemplo, la ley de comunicaciones limita el discurso anónimo. En Argentina, una norma pensada para proteger a las víctimas de la explotación sexual puede terminar habilitando la eliminacion de contenidos lícitos.
4. Existen ejemplos de países en America Latina donde los gobiernos han bloqueado directamente contenidos de interés público en Internet. Pero también se pueden encontrar tendencias positivas, que nos muestran las oportunidades que existen en materia de legislaciones y políticas públicas en la región. El Marco Civil de Internet de Brasil es uno de ellos. La reciente sentencia de la Corte Suprema argentina en materia de responsabilidad de intermediarios es otro.
En los próximos años tendremos que resolver estas y otras discusiones. El sistema interamericano nos provee herramientas poderosas para lograr que el resultado tenga la forma de regulaciones y políticas que respeten la libertad de expresión.
*Directora Adjunta de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC)